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Hacienda, obligada a devolver 55 millones a Shakira, pero el fisco avisa: recurrirá al Supremo
Fecha Publicación:
19/05/2026
La Audiencia Nacional da la razón a la cantante Shakira al considerar que no tenía residencial fiscal en España en 2011 y, por tanto, anula la liquidación y sanción de Hacienda de 55 millones de euros por IRPF y Patrimonio de ese mismo año. El Tribunal señala en su sentencia que tanto las liquidaciones practicadas de IRPF e Impuesto sobre Patrimonio y las sanciones son contrarias a Derecho porque “parten de la idea de que la recurrente tenía en el ejercicio 2011 su domicilio fiscal en España y ello no ha quedado acreditado”. La reacción de la Agencia Tributaria no se ha hecho esperar: insta a la Abogacía del Estado a que recurra la sentencia de Shakira ante el Tribunal Supremo. La Audiencia Nacional ha estimado el recurso presentado por la cantante Shakira contra la Resolución de la Agencia Tributaria y el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), organismo dependiente de la Agencia Tributaria, en relación con el ejercicio fiscal de 2011 por IRPF e Impuesto sobre el Patrimonio, anulando las liquidaciones y sanciones impuestas, un litigio cuya cuantía está tasada en más de 55 millones de euros. En concreto, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso considera que la Administración no ha acreditado que la cantante permaneciera en 2011 en España más de 183 días, tal y como exige el artículo 9.1 de la Ley 35/2006 en relación con el domicilio fiscal que se determina a la hora de tributar en el IRPF. Muy al contrario, la Sala estima que la estancia de la cantante en nuestro país fue de 163 días y como la Administración tributaria no ha podido probar lo contrario, tanto las liquidaciones como las sanciones a Shakira quedan anuladas. La Administración había analizado extensamente si la recurrente residía en efecto en Bahamas y si el certificado de tal residencia era relevante. El Tribunal, en su sentencia, señala que lo esencial y debe probar la Administración, es si la recurrente es residente fiscal en España. “Por tanto, que Bahamas sea o no un paraíso fiscal en 2011 es irrelevante, porque la recurrente ha probado la permanencia de al menos 183 fuera de España (lo cual no es discutido)”. Así, los magistrados concluyen que no cabe reputar ocasional o esporádica una ausencia prolongada por periodo superior a 183 días, “ya que de aceptar que ello fuera así el concepto de residencia habitual, sustentado a su vez en el de permanencia en España, quedaría completamente privado de sentido y razón”. Desde este punto de vista, concluye la sentencia, contra la que cabe recurso ante el Tribunal Supremo, al no tener domicilio fiscal en España “es obvio que las liquidaciones que nos ocupan y las consiguientes sanciones, son contrarias a Derecho, porque parte de la idea de que la recurrente tenía en el ejercicio 2011 su domicilio fiscal en España y ello no ha quedado acreditado como hemos razonado anteriormente”. La Sala recuerda que la situación analizada en este recurso se acota al ejercicio 2011, por lo que los cambios producidos en ejercicios posteriores no afectan al presente litigio. Así, la estimación del recurso supone la anulación de la liquidación practicada y la consiguiente devolución de las cantidades ingresadas como consecuencia de la misma, más los intereses legales y la imposición de costas a la Administración.La Agencia Tributaria amenaza con recurrir ante el SupremoLa reacción del fisco español no se ha hecho esperar y ha anunciado que instará a la Abogacía del Estado a que recurra ante el Tribunal Supremo esta sentencia de la Audiencia Nacional que anula la resolución de Hacienda contra la cantante Shakira. Fuentes de la Agencia Tributaria han recordado que la cantante ya aceptó en conformidad las condenas por delitos contra la Hacienda Pública para los años 2012-2014, mientras que en la Audiencia Nacional se estaba dilucidando el año 2011 en vía administrativa.En relación con esta sentencia de la Audiencia Nacional, la Agencia Tributaria ha confirmado que instará a la Abogacía del Estado que recurra la sentencia en casación ante el Tribunal Supremo.
www.idealista.com/news/fiscalidad/2026/05/18/897957-hacienda-obligada-a-devolver-55-millones-a-shakira-por-falta-de-fraude-fiscal-pero-el-fisco
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