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GEVASA para la correcta realización de los informes de tasación, necesita disponer de la siguiente documentación que deberá aportar el cliente:

- Con carácter general y para todo tipo de inmuebles , Nota simple registral con una antigüedad inferior a tres meses o, en su caso, fotocopia íntegra de la escritura de propiedad. Es conveniente la aportación de planos del inmueble.

- En el caso de viviendas de protección oficial, fotocopia de la Cédula de calificación provisional o definitiva.

 

- En el caso de Edificios en proyecto, fotocopia del Proyecto visado por el Colegio profesional competente y cédula urbanística o certificado emitido por el Ayuntamiento que acredite las condiciones urbanísticas del terreno.

- En el caso de Edificios en construcción, fotocopia del Proyecto visado del Colegio profesional competente, licencia de obras y cédula urbanística o certificado emitido por el Ayuntamiento que acredite las condiciones urbanísticas del terreno.

- En el caso de inmuebles alquilados, fotocopia del contrato de arrendamiento y del último recibo de pago del alquiler.

- En el caso de inmuebles ligados a una explotación económica, Licencia de actividad y fotocopia del Balance y la Cuenta de Pérdidas y Ganancias de los tres últimos ejercicios y/o previsionales en caso de inmuebles ligados a una actividad económica en construcción.

- En el caso de terrenos, plano catastral y cédula urbanística o certificado emitido por el Ayuntamiento que acredite las condiciones urbanísticas el terreno.

- En el caso de fincas rústicas, plano catastral y documentación que acredite el suministro de agua en caso de que la finca sea de regadío.

- Cualquier otra documentación que pueda ser necesaria.

2.- FORMA DE PAGO

El pago del informe de tasación se hará efectivo mediante abono por transferencia, cheque bancario, talón conformado o recibo bancario emitido por GEVASA a cargo del solicitante. En caso de abono por transferencia, GEVASA facilitará el número de cuenta corriente donde realizar el ingreso y, una vez efectuado, se deberá pasar por fax a nuestras oficinas el correspondiente comprobante de ingreso.

En todos los encargos de tasación, deberá abonarse una provisión de fondos. Dicha provisión se fijará por GEVASA en función de la información aportada en la solicitud de tasación. En el caso de que los honorarios definitivos de la tasación resultaran superiores a la provisión establecida inicialmente, no se entregará la tasación hasta que no se haya ingresado la diferencia correspondiente por algunos de los medios de pago establecidos anteriormente.

3.- TARIFAS

GEVASA aplicará las tarifas en función de la tipología del inmueble y su valor de mercado. Si desea conocer las mismas, pinche en el link que figura en la parte inferior de esta página.

 

 
   
GEVASA General de Valoraciones, S.A. – Paseo de la Ermita, 9 – 28023 Madrid – Tel.:  91 357 38 84 – 91 357 41 26