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Llega al Congreso el decreto que convalida la paralización de desahucios por impago del alquiler
Fecha Publicación:
10/02/2025
El Congreso de los Diputados deberá votar este miércoles si aprueba la revalorización de las pensiones, la prórroga de los descuentos al transporte o la suspensión de los desahucios de alquiler de colectivos vulnerables sin alternativa habitacional, o las ayudas para las personas afectadas por la DANA, medidas todas ellas incluidas en el segundo decreto ómnibus que llega este año al Pleno.El Gobierno intentó hace dos semanas aprobar un primer decreto ómnibus, pero el PP, Junts y Vox lo tumbaron, con lo que todas sus medidas decayeron.Tras una negociación con los de Carles Puigdemont, el PSOE obtuvo el sí de Junts a cambio de tramitar su iniciativa para pedir a Pedro Sánchez que se someta a una cuestión de confianza, y de excluir del decreto algunas medidas económicas y tributarias puntuales, como una modificación del impuesto a la banca o conceder ayudas a la industria electrointensiva.El PP también ha decidido pasarse al voto a favorDespués de atraer a Junts, el Consejo de Ministros aprobó este segundo decreto ley que ahora debe ser convalidado. Y el PP también decidió pasarse al 'sí', a pesar de que el nuevo texto sigue incluyendo asuntos que censuraban los 'populares' en el anterior decreto, como la devolución de un palacete en París al PNV, la prohibición de desahucios a personas vulnerables o la no inclusión de la rebaja al IVA de la luz que reclamaban los de Alberto Núñez Feijóo.Así, el nuevo decreto también es heterogéneo, pues mezcla las pensiones, la moratoria antidesahucios, los descuentos al transporte, las ayudas a los afectados por la DANA y por el volcán de La Palma, y hasta la cesión al PNV del palacete en París que alberga la sede del Instituto Cervantes, un tema por el que los 'populares' llegaron a enfrentarse a los nacionalistas en debates parlamentarios y ruedas de prensa.Las pensiones subirán un 2,8%En concreto, el decreto incluye la subida del 2,8% para las pensiones contributivas y de las clases pasivas del Estado en 2025. Para las pensiones mínimas la subida es del 6%, mientras que para las no contributivas y el Ingreso Mínimo Vital (IMV) es del 9%.La norma aprobada recoge también la aplicación de la cuota de solidaridad desde 2025, el aumento de las bases máximas de cotización, la subida de la pensión máxima hasta los 3.267,6 euros al mes y el aumento del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI).Asimismo, se incluye la prórroga de las ayudas al transporte público hasta junio de 2025, así como la prohibición del corte de suministros básicos y desahucios a personas vulnerables y otras ayudas para las personas afectadas por el temporal de la DANA y La Palma.Vuelve la paralización de los desahucios y crece la incertidumbreLa paralización se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2025, cumpliendo así cinco años en vigor, y seguirá aplicándose en los mismos supuestos que hasta ahora. Es decir, en los casos de hogares vulnerables sin alternativa habitacional sujetos a la LAU de 1994 y en los casos de hogares que habiten una vivienda sin título que sean víctimas de violencia de género, dependientes o con dependientes o menores a su cargo, y se encuentren en situación de vulnerabilidad, siempre que la vivienda esté en manos de un gran tenedor (persona física o jurídica titular de más de 10 viviendas). Asimismo, se extenderá hasta el 31 de enero de 2026 la posibilidad de solicitar compensación por parte del propietario si la Administración y los servicios públicos no encuentran una alternativa habitacional, para lo que tienen un plazo de tres meses.Recordemos que la suspensión de los desahucios ha estado en vigor entre el 1 de enero y hasta el pasado día 23 (cuando el BOE publicó la derogación del decreto ómnibus), pero ha vuelto a estar activa desde 30 de enero, un día después de su publicación en el BOE. El Congreso debe ahora votar de nuevo la iniciativa.Diferentes expertos jurídicos e inmobiliarios explicaban a idealista/news que la prórroga de la suspensión de los desahucios y lanzamientos por impago de alquiler para colectivos vulnerables estaba sobre la mesa, pues la vivienda se ha convertido en un eje central de la legislatura. Y alertaban de la inseguridad jurídica que genera la batería de cambios legislativos entre propietarios e inversores, lo que acaba repercutiendo de forma negativa en el mercado vía restricción de la oferta de viviendas en alquiler y una consecuente subida de los precios. Nuevo sistema público de avales y garantías del alquilerEl nuevo texto que ha aprobado el Consejo de Ministros incluye una medida adicional que no figuraba en el anterior: la creación de un sistema público de avales y garantías para propietarios y también para inquilinos.Esta fue una de las 12 medidas anunciadas por el propio Sánchez el pasado 13 de enero para asegurar a los propietarios el cobro de la renta del alquiler, mientras que pretende ofrecer al inquilino una mayor oferta a precios asequibles. Sánchez ya ha adelantó que este sistema, que ya se ha probado con éxito en Francia, estaría en funcionamiento este año y se empezará aplicando a los propietarios que alquilen a menores de 35 años.Este sistema de avales aparece recogido en el artículo 76 del real decreto ley y se basa en que el Ministerio de Vivienda "establecerá una línea de avales para cubrir los posibles impagos derivados de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual y permanente para jóvenes y familias vulnerables en los términos que reglamentariamente se establezcan.El aval garantizará el pago de todas las rentas o mensualidades impagadas hasta que la propiedad recupere la posesión de la vivienda, así como todos los daños causados en la finca por culpa del arrendatario, el coste de los suministros debidos que hayan sido asumidos por la propiedad, y aquellos otros daños y costes que reglamentariamente se establezcan. Los avales se gestionarán por las Comunidades y Ciudades Autónomas con financiación finalista por parte del Estado".Para obtener el aval, el inquilino debe ser menor de 35 años o bien, vulnerable, de acuerdo con los criterios establecidos reglamentariamente. Además, exigirá otros requisitos adicionales: Que la renta del alquiler no supere el índice estatal de referencia al alquiler. Depositar la fianza legal obligatoria del contrato de alquiler y sus actualizaciones. Suscribir por arrendador y arrendatario el compromiso relativo al aval al alquiler, con arreglo al modelo aprobado por la Administración.La solicitud para el cobro de las cantidades debidas y avaladas se podrá realizar en el plazo de seis meses desde que la propiedad recupere la posesión de la vivienda, ya sea, mediante resolución judicial de lanzamiento, ya sea mediante acuerdo judicial o extrajudicial que acredite dicha recuperación de la posesión.No obstante, este sistema de avales necesita un desarrollo reglamentario. "Dicho reglamento será aprobado en un plazo máximo de seis meses desde la publicación de esta norma y será de aplicación respecto a los contratos vigentes a la entrada en vigor de este real decreto-ley", detalla el texto. Además, en el futuro se podrán incorporar otros colectivos como beneficiarios potenciales de esta línea de avales.
www.idealista.com/news/inmobiliario/vivienda/2025/02/10/831451-llega-al-congreso-el-decreto-que-convalida-la-paralizacion-de-desahucios-por-impago
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