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El Supremo vuelve a tumbar las tasas municipales a las viviendas vacías
Fecha Publicación: 14/07/2020
 
El Alto Tribunal sienta de nuevo jurisprudencia para anular el impuesto a los pisos vacíos que muchos ayuntamientos ya están cobrando o están pensando en hacerlo. En esta ocasión, ha tumbado la tasa que el Consistorio de Badalona cobraba a pisos vacíos propiedad de entidades financieras. Este dictamen se une al que ya hizo el verano pasado en contra del Ayuntamiento de Barcelona.

Esta nueva sentencia vuelve a dar la razón a la Sociedad de gestión de activos procedentes de la reestructuración bancaria (Sareb), como ya hizo el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), y rechaza el recurso de casación al Ayuntamiento de Badalona.

El consistorio de Badalona aprobó en 2016 imponer una tasa de 600 euros por abrir un expediente a las viviendas propiedad de entidades financieras que estuvieran vacías durante más de dos años. Sin embargo, esta tasa ya fue suspendida por el TSJC en 2017 mientras se resolvía el conflicto legal. El Alto Tribunal establece que "dicha ordenanza es nula de pleno derecho con efectos retroactivos”, aclara la sentencia.

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ya desestimó el verano pasado el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Barcelona contra la sentencia del TSJC que declaró la nulidad de esta tasa, y en este nuevo dictamen reitera que las administraciones municipales no tiene competencias para regular este gravamen:

“La tasa se extralimita y vulnera el artículo 8 de la Ley General Tributaria para poder establecer un hecho imponible, y no se pueden establecer hechos imponibles que no vengan contemplados en una ley, en este caso, la Ley de Haciendas Locales (…) Entre ellos no se encuentra una tasa sobre servicios de inspección del piso vacío y vigilancia (…) Sería de todo punto irregular, e incluso arbitrario, la exigencia de una tasa para sufragar el coste de un servicio consistente en actividades de control o vigilancia sobre viviendas que pudieran determinar la apertura de un expediente o dar lugar a una consecuencia adversa, incluso sancionadora”, subraya la sentencia que recoge Expansión.

Queda pendiente aún de resolver por el TSJC el caso de la Sareb frente al Gobierno catalán por el impuesto autonómico de Cataluña sobre las viviendas vacías a entidades financieras.

Artículo visto en
El Supremo anula las tasas locales a pisos vacíos (Expansión)
www.idealista.com/news/inmobiliario/vivienda/2020/07/14/785244-el-supremo-vuelve-a-tumbar-las-tasas-municipales-a-las-viviendas-vacias
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