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Llegan las nuevas facturas de calefacción: qué información deben contener y cuáles son sus ventajas
Fecha Publicación: 26/11/2020
 
La nueva normativa que regula la contabilización de consumos individuales en instalaciones térmicas de edificios, y que afectará a las comunidades de propietarios con calefacción centralizada, trae también una facturación de los consumos diferente, más transparente y sencilla de entender para el consumidor.

Según la Asociación Española de Repartidores de Costes de Calefacción (AERCCA), esta norma, que obliga a estudiar la viabilidad técnica y económica de esta medida antes de la instalación de contadores o repartidores de costes de calefacción en las viviendas, facilita que el usuario disponga de una información más completa y fiable sobre sus consumos energéticos. En este sentido, los consumidores se encontrarán con nuevo recibo que sumar a los ya habituales de gas y luz: el de calefacción, que normalmente va incluido en la cuota de comunidad.

De esta manera, con la individualización de los consumos de calefacción, cada vecino, propietario o inquilino, pagará solo lo justo por lo que consume, y la comunidad quizás deje de sufrir las quejas de los vecinos del último piso que pasan frío porque no les llega el calor y de los ocupantes de los primeros o bajos que abren las ventanas de par en par porque no aguantan la calefacción.

“A diferencia de las facturas de luz y gas, que no aportan datos con un detalle suficiente para motivar en el usuario un cambio de sus hábitos de consumo, con el sistema de liquidación, el consumidor puede saber cómo, cuándo y dónde consume calefacción, en qué momento del día y en qué lugar (habitación)”, asegura Ignacio Abati, presidente de AERCCA y director general de ISTA.

Para que el usuario pueda mejorar sus hábitos de consumo, es muy importante la información que contiene la factura, sobre todo en cuanto al histórico de consumo, gráficas comparativas con respecto a los mismos periodos en años anteriores, así como el consumo de viviendas similares. Concretamente, la normativa obliga a que el recibo tenga la siguiente información:

Los precios reales actuales y el consumo real de la energía o el coste total de calefacción y las lecturas de los repartidores de costes de calefacción.
Información sobre el mix de combustible utilizado y las emisiones anuales correspondientes de gases de efecto invernadero, incluidos los usuarios finales suministrados por calefacción o refrigeración urbana de más de 20 MW. Asimismo, una descripción de los diferentes impuestos, gravámenes y tarifas aplicadas.
Comparaciones del consumo de energía actual del usuario final con su consumo del mismo período del año anterior, preferentemente en forma gráfica.
Información de contacto de las organizaciones de clientes finales, las agencias de energía u organismos similares, incluidas sus direcciones de internet, donde se puede obtener información sobre las medidas disponibles de mejora de la eficiencia energética, los perfiles comparativos del usuario final y las especificaciones técnicas objetivas de los equipos que utilizan energía.
Información relativa a procedimientos de reclamación pertinentes, servicios de defensa de los consumidores y mecanismos alternativos de resolución de litigios.
La comparación con el consumo medio del usuario final normal o de referencia de la misma categoría de usuarios.
Además, la normativa establece que las lecturas de los dispositivos (contadores o repartidores de costes) serán remotas, sin necesidad de que las empresas tengan que entrar en la vivienda, y las liquidaciones, durante la temporada de calefacción, mensuales. También los usuarios deben tener acceso gratuito y por internet a sus propios datos de consumo.
www.idealista.com/news/inmobiliario/vivienda/2020/11/26/788073-llegan-las-nuevas-facturas-de-calefaccion-que-informacion-deben-contener-y-cuales
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